Por. Víctor Galicia Montiel
Tras considerar que viola los principios de legalidad tributaria y seguridad jurídica, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el cobro de parquímetros en Puebla, como resultado de las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, por lo que invalidó el artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023, donde se establecía el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales (parquímetros).
👇#AlMomento || Inconstitucional el cobro en Parquímetros en el Centro Histórico de #Puebla; así lo declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que el alcalde Eduardo Rivera estaba oficialmente atentando contra la ciudadanía@SCJN @eduardorivera01 @PueblaAyto… pic.twitter.com/4wzk3srhp1
— TraficoPuebla (@Trafico_Puebla) September 11, 2023
Y es que en mencionado artículo no se especificaba la temporalidad a la que correspondían las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.
Además, en el último párrafo de la fracción XI se establecía que las tarifas se sujetarían a los lineamientos emitidos por la autoridad municipal, lo que se determinó como una violación al principio de legalidad tributaria además de transgredir el derecho de seguridad jurídica de los contribuyentes, pues no tenían la certeza del pago que debían realizar.
Por ello, el Pleno exhortó al Congreso de Puebla para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.