Ante el reporte de la implementación de la modalidad de “moto” en la aplicación “UBER” la cuál funge como servicio de movilidad de transporte de pasajeros, ante esto, la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) mediante un comunicado negó el uso de este esta modalidad.
📢COMUNICADO:
Derivado de los reportes en los que se da a conocer la implementación de la modalidad de transporte de pasajeros denominada “Uber Moto”, la dependencia informa que los servicios de transporte mercantil, clasificados en el artículo 14 de la Ley de Transporte del… pic.twitter.com/VmFlvukljw
— Secretaría de Movilidad y Transporte (@MTGobPue) August 8, 2024
Los servicios de transporte mercantil estipulados en el artículo 14 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, describen que, no contemplan el uso de motocicletas para el traslado de personas, como lo realiza “uber moto”, por ello, la STM no reconoce el servicio de la dependencia.
Declaró que, el uso de este servicio será motivo de sanciones administrativas y acciones penales correspondientes por la prestación del transporte sin autorización, permiso o registro.
De igual manera, para evitar esta acción, se realizaran operativos permanentes para la detección del transporte irregular, asimismo, exhorta a los prestadores de servicio público y mercantil a cumplir con la normatividad aplicable.
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